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Spot de televisión no vulnera interés superior de personas menores de edad Especial

Spot de televisión no vulnera interés superior de personas menores de edad

Por el presunto uso indebido de la pauta con motivo de la difusión de imágenes de diversas personas menores de edad

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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió, por unanimidad de votos, improcedente la medida cautelar solicitada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en contra del partido político MORENA, por el presunto uso indebido de la pauta con motivo de la difusión de imágenes de diversas personas menores de edad, en dos promocionales de televisión en el marco del Proceso Electoral Local 2024 en la Ciudad de México.

Respecto al material identificado como TRANSFORMACIÓN CB determinó que se estaba en presencia de actos consumados, porque su vigencia concluyó el pasado 3 de marzo; mientras que, por lo que hace al promocional denominado V2 TRANSFORMACIÓN CB, advirtió que el partido político denunciado cumplió con los requisitos establecidos en los Lineamientos para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en materia político-electoral, por lo que no se justifica su retiro.

De igual forma, consideró improcedente la medida cautelar en su vertiente de tutela preventiva, pues no se advirtió una evidente ilegalidad respecto al material denunciado, aunado a que se trata de hechos futuros de realización incierta.

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