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🔹 La víctima y sus hijos fueron exhibidos en redes sociales
🔹 El Congreso ajustará la ley para proteger a periodistas y evitar abusos
El 14 de junio, una mujer interpuso la primera denuncia por ciberasedio en Puebla, el mismo día que entró en vigor la reforma al Código Penal local. En redes sociales, la afectada fue expuesta junto con sus hijos: publicaron sus nombres completos y las escuelas a las que asisten los menores. La situación fue alarmante.
En rueda de prensa, la presidenta del Congreso local, Laura Artemisa García Chávez, confirmó la denuncia y respaldó la necesidad de la reforma. Subrayó que, sin ella, la víctima no habría tenido herramientas legales para defenderse.
El artículo 480 del Código Penal define el ciberasedio como el acto de insultar, injuriar o vejar a una persona mediante tecnologías digitales, con la insistencia suficiente para afectar su integridad física o emocional. Las penas van de 11 meses a 3 años de cárcel y multas que alcanzan hasta los 33 mil 942 pesos. Si hay menores involucrados, las sanciones se agravan.
Aunque la ley ya está vigente, diversas organizaciones como Artículo 19 han señalado que la redacción es ambigua y pone en riesgo la libertad de expresión, especialmente para periodistas. En respuesta, García Chávez anunció que están abiertos a reformar el marco legal, pero sin alterar el artículo que castiga el ciberasedio.
“Si hay que reformar escuchando a quienes ven riesgos para la libertad de expresión, lo haremos en un capítulo aparte”, afirmó.
Con ello, el Congreso buscará un equilibrio entre proteger a las víctimas y garantizar la libertad de prensa, sin ceder a discursos imprecisos que puedan vulnerar derechos fundamentales.