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Confirman condena a Luis Rubiales por agresión sexual a Jenni Hermoso Especial

Confirman condena a Luis Rubiales por agresión sexual a Jenni Hermoso

Audiencia Nacional ratifica multa y restricciones

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• El beso sin consentimiento fue calificado como connotación sexual
• Jenni Hermoso recibirá indemnización por daño moral

La Audiencia Nacional de España confirmó la condena contra Luis Rubiales, expresidente de la Real Federación Española de Futbol, por el beso no consentido que le dio a la jugadora Jenni Hermoso tras la final del Mundial Femenil 2023 en Sídney, Australia.

Rubiales deberá pagar una multa de 10 mil 800 euros por agresión sexual atenuada y no podrá acercarse a Hermoso a menos de 200 metros ni comunicarse con ella durante un año. Además, se le impuso una indemnización de 3 mil euros por los daños morales causados.

La Sala de lo Penal respaldó los hechos probados por el juez José Manuel Fernández-Prieto, quien detalló que Rubiales “sujetó la cabeza de Hermoso con ambas manos y, de forma sorpresiva y sin consentimiento, le dio un beso en los labios”.

En la sentencia se descartó que existiera “euforia colectiva” o “costumbre” que justificara su comportamiento. El tribunal fue tajante: “No hay derecho a besar, ni servidumbre de ser besado sin consentimiento”.

También rechazó el argumento de que Rubiales pidió permiso. Para los jueces, fue una pregunta retórica y sorpresiva, sin espacio real para que Hermoso respondiera. El gesto no fue una expresión espontánea de afecto, sino una invasión al ámbito íntimo de la jugadora.

Por otra parte, se absolvió del delito de coacciones a Rubiales, así como a los otros tres acusados: el exseleccionador Jorge Vilda, el exdirector Albert Luque y el responsable de marketing Rubén Rivera.

La resolución también desestimó los recursos presentados tanto por la Fiscalía como por la defensa, y subrayó que la calificación de “agresión sexual atenuada” no minimiza la gravedad, sino que representa un uso proporcional del derecho penal, sin banalizar la experiencia de la víctima.

La decisión sienta precedente y confirma que, incluso en contextos de celebración deportiva, los límites del respeto y el consentimiento no deben cruzarse jamás.

 


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