¡Síguenos!Declaración anual 2026 se presenta en abril para personas físicas obligadas.
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Con la Declaración Anual 2026 cada vez más cerca, las personas físicas comienzan a revisar qué gastos pueden deducir ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para reducir su carga fiscal o incluso obtener un saldo a favor.
Las deducciones personales son gastos autorizados que se restan de los ingresos acumulables al calcular el Impuesto Sobre la Renta (ISR). En términos prácticos, disminuyen el monto a pagar o abren la posibilidad de devolución si la declaración se presenta en tiempo y forma.
Este beneficio aplica a contribuyentes con ingresos por sueldos, honorarios, arrendamiento, intereses o actividades empresariales y profesionales. No obstante, quedan fuera quienes tributan en el régimen RESICO, al no presentar declaración anual.
Entre los conceptos más utilizados destacan los gastos en salud: consultas médicas, hospitalización, tratamientos, análisis clínicos, así como seguros de gastos médicos y lentes graduados. También entran las colegiaturas en escuelas privadas con validez oficial, desde preescolar hasta bachillerato, con límites definidos para 2026.
A estos se suman aportaciones voluntarias a la AFORE, intereses de créditos hipotecarios, gastos funerarios y donativos autorizados, todos bajo condiciones específicas.
Para que sean válidas, las deducciones deben contar con factura electrónica (CFDI), RFC correcto y pagos realizados por medios electrónicos; el efectivo no aplica.
En cuanto a fechas, las personas físicas deberán presentar su declaración del 1 al 30 de abril de 2026. El monto total deducible no podrá exceder cinco UMA (aproximadamente $213,973.20 pesos) o el 15% de los ingresos anuales.


