¡Síguenos!Reforma obliga a avisar renovaciones automáticas con cinco días de anticipación
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Cancelar suscripciones digitales ya no debería implicar procesos confusos ni desgastantes. La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recordó que, tras la reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor vigente desde diciembre de 2025, las plataformas están obligadas a simplificar este trámite y a operar con reglas claras.
El cambio normativo busca frenar prácticas como cobros automáticos poco claros, renovaciones silenciosas y condiciones ocultas en letras pequeñas. Bajo este marco, las empresas deben asegurar transparencia total, consentimiento informado y mecanismos de cancelación visibles y accesibles.
La autoridad subraya que los cargos recurrentes solo pueden aplicarse si existe autorización expresa del usuario. Además, cuando una suscripción se renueve automáticamente, el proveedor debe notificarlo al menos cinco días naturales antes, permitiendo cancelar sin penalización.
El proceso de baja, advierte Profeco, debe ser directo y sin obstáculos técnicos. No se permiten trámites innecesarios ni rutas complicadas. Aun así, el procedimiento puede variar según el canal de contratación.
Si el servicio se paga directamente, la cancelación se realiza desde la cuenta en la plataforma o aplicación oficial. En cambio, si se contrató mediante intermediarios como tiendas de aplicaciones o servicios de telecomunicaciones, el trámite debe hacerse desde la cuenta del intermediario, en la sección de suscripciones.
La Procuraduría también alerta que eliminar la aplicación no detiene los cobros. Es indispensable completar la cancelación formal y verificar que la suscripción ya no esté activa.
Como guía práctica, sugiere evaluar el uso real del servicio: si no se utiliza, no aporta valor o se mantiene “por si acaso”, conviene considerar su cancelación inmediata.


