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SAT sí retendrá impuestos al Aguinaldo 2025 a partir de esta cantidad Especial

SAT sí retendrá impuestos al Aguinaldo 2025 a partir de esta cantidad

Trabajadores deben recibir aguinaldo antes del 20 diciembre según Ley Federal

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Cada año, los trabajadores en México tienen derecho a recibir su aguinaldo, una prestación que, en ciertas circunstancias, genera el pago de impuestos. Esta obligación está contemplada en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, vigente desde 1970, lo que respalda la seguridad jurídica de la prestación.

El aguinaldo equivale al menos a 15 días de salario, considerando el sueldo base o el percibido por día laborado. Esta prestación se otorga a trabajadores de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros similares.

No aplica de manera obligatoria para los trabajadores contratados por honorarios, salvo que exista subordinación laboral. En caso de que los empleadores no cumplan con esta obligación, el pago debe realizarse antes del 20 de diciembre; de lo contrario, podrían enfrentar sanciones de 50 a 500 veces la UMA, según lo establece la Ley.

Sobre el ISR, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) retendrá el impuesto solo cuando el monto del aguinaldo sea 30 veces o más la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Por cualquier conflicto o retraso en la entrega de esta prestación, los trabajadores pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir orientación y protección legal.

Esta normativa refleja la experiencia y autoridad del marco legal mexicano, garantizando que los derechos laborales sean respetados y ofreciendo confianza a quienes dependen de esta prestación anual.

Aguinaldo obligatorio: trabajadores tienen derecho cada año.

Plazo límite: 20 de diciembre para recibir el pago.

Sanciones: incumplimiento puede costar 50 a 500 UMAs.

ISR aplica solo si el monto supera 30 UMAs.

Profedet brinda apoyo en conflictos laborales.


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