¡Síguenos!El máximo tribunal eliminó disposiciones que reducían penas a madres, padres y tutores.
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó por unanimidad las normas del Código Penal de Guanajuato que reducían las sanciones contra madres, padres o tutores que sometieran a menores de edad o personas LGBTIQ+ bajo su cuidado a las llamadas terapias de conversión.
Durante la sesión de este lunes, la Corte resolvió que los llamados Esfuerzos por Corregir la Orientación Sexual, la Identidad o la Expresión de Género (Ecosieg) pueden alcanzar “el umbral de la tortura” o equipararse a “tratos crueles, inhumanos o degradantes”.
El máximo tribunal sostuvo además que estas prácticas vulneran derechos fundamentales como la igualdad, la no discriminación, el libre desarrollo de la personalidad, así como la salud y la integridad personal.
“La protección de la familia no puede justificar esquemas de sanción insuficientes frente a conductas que lesionan gravemente el bien jurídico tutelado, la orientación sexual y la identidad o expresión de género”, señaló durante la discusión la ministra ponente María Estela Ríos.
La resolución también invalidó la disposición que excluía el delito cuando una víctima mayor de edad presuntamente otorgaba su “consentimiento informado”.
Con esta decisión, la SCJN impugnó dos párrafos de un artículo del Código Penal de Guanajuato que establecía penas de 20 a 60 días para padres, madres o tutores responsables, además de tratamiento psicoterapéutico integral determinado por un juez.
La acción de inconstitucionalidad recordó que los Ecosieg “carecen de toda justificación médica, psicológica o científica” y representan un riesgo para la integridad física, mental y emocional de las personas, incluso para su vida.
La resolución coloca nuevamente a la Corte en línea con estándares internacionales de derechos humanos y refuerza la protección jurídica hacia niñas, niños, adolescentes y personas LGBTIQ+. También retoma el antecedente de 1990, año en que la Organización Mundial de la Salud (OMS) eliminó la homosexualidad de su catálogo de enfermedades.


